
Esto es a propósito de algunos partidos de pocos tiempos de creados, pero que la mayoría de sus dirigentes vienen con las taras y mañas de sus padres políticos. Me refiero al PRM gobernante, que salió del viejo y tumultuoso PRD, y a la Fuerza del Pueblo, que salió del PLD.
En ambos partidos hay entronizados grupos, estructuras y conductas antidemocráticas.
Es tan grave el autoritarismo en esos partidos, incluyendo el PLD, que los cargos políticos, posiciones electivas, congreso y ayuntamientos, son herencia familiar, y las posiciones gubernamentales, cargos administrativos, etc., son herencias. Es difícil llegar por capacidad, seriedad y meritocracia.
Se ha dañado todo con la infiltración o influencias en los partidos de la República Dominicana, de grupos económicos con conductas mafiosas, igual que personas del bajo mundo, que son llevados a cargos electivos, posiciones de primer orden en el tren gubernamental y hasta se reparten como si nada, los altos cargos en la justicia para mantener su impunidad y clima de corrupción.
A propósito de una convención que celebra hoy el PRM, cuya base de sustentación política cuestiona con crudeza y seriedad la pésima gestión de José Ignacio Paliza y Carolina Mejía como presidente y Secretaria General de dicha organización.
«Ha habido un divorcio total a lo prometido y sacrificios de miles de dominicanos para construir ese partido», expresan con pesar.
«El PRM es una tienda clientelar, donde han captado gentes de toda la ralea humana, oportunistas, vividores y trepadores, que acuden cada cuatro años al presidente que llega al Palacio Nacional».
Luis Abinader cayó en esa trampa y en esa actitud hay complicidad en todos los grupos y subgrupos que devoran como serpientes venenosas a sus víctimas inocentes e indefensas: La República Dominicana.
I. LA LEY DICE UNA COSA, ELLOS HACEN OTRA
En República Dominicana los partidos políticos se constituyeron legalmente para ser expresión del pueblo. La Constitución, Art. 216, y la Ley 33-18 los obligan a tener democracia interna, transparencia y programas a favor del pueblo. Para existir, la JCE solo les exige: nombre, estatutos, 2% del padrón con firmas y locales abiertos Art. 14 Ley 33-18.
¿Quién los vigila? Cuatro órganos con dientes, pero que no muerden:
1. JCE: Debe auditar sus fondos y suspender el dinero público si violan la ley Art. 68 Ley 33-18. No lo hace.
2. TSE: Debe anular convenciones amañadas y sacar dirigentes antidemocráticos Art. 13 Ley 29-11. Falla tarde y las cúpulas siguen.
3. Cámara de Cuentas: Debe auditar cada peso del Presupuesto que se les da Art. 248 Constitución. Sus informes llegan 3 años después, sin consecuencias.
4. Procuraduría: Debe someterlos por corrupción Art. 50 Ley 97-25, que ya no prescribe. Solo mira para otro lado.
II. SE COMEN EL PRESUPUESTO Y EL PUEBLO NO SABE EN QUÉ
Por Art. 61 Ley 33-18, el Estado les entregó RD$1,260 millones en 2024. Dinero de los impuestos tuyos y míos.
¿Rinden cuentas? La Ley 33-18 Art. 67 los obliga a publicar informe financiero. La JCE Art. 68 debe auditarlos. La Constitución Art. 138 ordena publicidad del gasto público.
La realidad: Entregan informes maquillados que nadie entiende. El pueblo que paga impuestos no sabe en qué se gastan su dinero. Eso es violación constitucional.
III. DIRIGENTES REYES, PUEBLO MISERABLE
Mientras la Constitución Art. 7 dice que el Estado se funda en la dignidad humana, vemos dirigentes que nunca han trabajado en empresa privada exhibiendo mansiones, volando en jet privado y helicópteros. Art. 50 Ley 97-25: Enriquecerse con fondos públicos es corrupción y no prescribe.
El Art. 138 de la Constitución dice que a la función pública se entra por mérito y capacidad. Aquí los cargos políticos y electivos son herencia familiar. Los puestos en el Gobierno son reparto. Para llegar no importa la seriedad ni la meritocracia.
Lo peor: Llevan al Congreso a «riferos y analfabetas» como pago político. Eso es una burla al Art. 77 de la Constitución, que exige idoneidad para legislar, y al Art. 63 que consagra el derecho a educación de calidad.
IV. MAFIAS, BAJO MUNDO Y JUSTICIA REPARTIDA
Se dañó todo con la infiltración de grupos económicos con conductas mafiosas y personas del bajo mundo. Art. 63 Ley 33-18 prohíbe fondos ilícitos. Art. 50 Ley 97-25: El crimen organizado no prescribe.
Los llevan a cargos electivos, a posiciones de primer orden en el Gobierno y hasta se reparten los altos cargos en la justicia para mantener impunidad. Eso viola el Art. 151 de la Constitución: Independencia judicial.
V. CONCLUSIÓN: PARTIDOS ILEGALES EN LA PRÁCTICA
Aunque la JCE les dio reconocimiento, violan 5 artículos de la Constitución:
1. Art. 2: La soberanía es del pueblo, no de familias.
2. Art. 39: Derecho a igualdad. Un narco no puede valer más que un profesional.
3. Art. 138: Función pública por mérito, no por apellido.
4. Art. 216: Democracia interna obligatoria. No existe.
5. Art. 246: Control del gasto público. No le rinden cuentas a nadie.
Por tanto: PRM, PLD y Fuerza del Pueblo operan al margen de la ley. La base del PRM que hoy cuestiona a su dirigencia tiene la razón: el partido se convirtió en tienda clientelar.
¿Qué hacer? La Ley 97-25 Art. 50 y 51 permite someterlos penalmente y demandarlos civilmente para que devuelvan lo robado. La JCE, TSE, Cámara de Cuentas y Procuraduría son cómplices por omisión al no aplicar la ley. Art. 146 Constitución: Se prohíbe la impunidad.
El pueblo tiene que usar la ley para rescatar la República. O nos siguen gobernando los reyes del Presupuesto.


