En República Dominicana se ha reactivado un debate de alto interés público: ¿debe el Congreso autorizar que Estados Unidos utilice áreas restringidas de los aeropuertos dominicanos para operaciones relacionadas con la lucha contra el narcotráfico?.La reciente disposición del Poder Ejecutivo, basada en un intercambio de notas diplomáticas, ha generado interrogantes constitucionales, cuestionamientos sobre soberanía y valoraciones sobre la importancia estratégica de esta cooperación para combatir el crimen organizado.
El tema no es menor. El Caribe continúa siendo una de las rutas más utilizadas para el tráfico de drogas hacia Norteamérica y Europa. Según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), más del 3% de la cocaína mundial pasa por el Caribe cada año, y la República Dominicana figura entre los puntos más vigilados debido a su posición geográfica.
Ante este escenario, conocer el alcance del acuerdo, sus implicaciones legales y sus beneficios operativos es fundamental para comprender el impacto que podría tener en la seguridad nacional.
Este reportaje profundiza en el origen del acuerdo, los criterios legales involucrados, las opiniones de expertos y legisladores, y las consecuencias estratégicas para el país. El objetivo: entregar al lector la visión más completa y confiable posible para evaluar si la medida fortalece a la República Dominicana o si, por el contrario, abre debates que requieren mayor transparencia y deliberación legislativa.
¿Por qué Estados Unidos usaría aeropuertos dominicanos?
Contexto del acuerdo bilateral
El acuerdo que permite a Estados Unidos utilizar zonas restringidas en la Base Aérea de San Isidro y el Aeropuerto Internacional de Las Américas surge como parte de una cooperación histórica entre ambos países para combatir el narcotráfico.
Desde la década de 1990, República Dominicana y Estados Unidos han firmado diversos convenios orientados a fortalecer la interdicción aérea y marítima, incluyendo el Acuerdo de Patrullaje Conjunto y el Convenio de Asistencia en Seguridad (Caribbean Basin Security Initiative).
En esta ocasión, la autorización se realizó mediante notas diplomáticas entre ambas naciones. Según explicó el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, se trata de un mecanismo habitual en acuerdos de cooperación operacional que no necesariamente requieren tratado formal. El propósito explícito: permitir operaciones logísticas, técnicas y de apoyo en maniobras de vigilancia y persecución en el marco de estrategias antidrogas.

La cooperación no implica la instalación permanente de tropas ni bases militares, sino el uso puntual y provisional de áreas definidas en dos aeropuertos claves del país.
Zonas restringidas solicitadas y su finalidad
El acuerdo también busca reforzar la interoperabilidad entre agencias dominicanas y estadounidenses, especialmente la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), la Fuerza Aérea Dominicana y la Administración Antidrogas de EE.UU. (DEA).
Impacto en las operaciones antidrogas
La eficacia de este tipo de iniciativas ha sido demostrada previamente. De acuerdo con cifras publicadas por la DNCD, en 2023 República Dominicana logró incautar más de 27 toneladas de drogas, una cifra récord. Parte de este éxito se atribuye a la cooperación internacional y al uso compartido de inteligencia.
La presencia de aeronaves estadounidenses en aeropuertos dominicanos permitiría mejorar la capacidad de monitoreo y seguimiento de vuelos sospechosos, además de facilitar misiones regionales coordinadas. Expertos señalan que los narcotraficantes han incrementado el uso de rutas aéreas clandestinas, lo que exige mayor vigilancia desde puntos estratégicos como el Caribe.
Por su parte, legisladores dominicanos coinciden en que la colaboración puede fortalecer las capacidades del país, siempre que se mantenga dentro de los límites constitucionales y administrativos establecidos.
¿Debe el Congreso aprobar este tipo de acuerdos?
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Lo que establece la Constitución dominicana
La Constitución de la República Dominicana establece que deben ser sometidos al Congreso Nacional los acuerdos internacionales que involucren compromisos que afecten la soberanía, los recursos del Estado o que requieran obligaciones de carácter permanente. La polémica surge porque el acuerdo entre RD y EE.UU. fue formalizado mediante notas diplomáticas y no mediante un tratado aprobado por el Congreso.
Opiniones de legisladores y expertos
Varios diputados han manifestado su respaldo al acuerdo, argumentando que fortalece la lucha contra el narcotráfico y que la cooperación con Estados Unidos ha sido históricamente fundamental para mejorar la seguridad del país. Sin embargo, solicitan conocer detalles operativos para determinar si el Congreso debe intervenir.
Abogados especializados en derecho marítimo y aéreo han señalado que el acuerdo no viola la Constitución porque no implica cesión de autoridad, sino permisos de operación bajo supervisión dominicana. Según la experta Maribel Reyes, este tipo de permisos es común cuando se trata de operaciones internacionales temporales o técnicas.
Peralta, consultor jurídico del Ejecutivo insistió en que la soberanía dominicana no se ve comprometida en ningún momento, pues las autoridades nacionales mantienen control sobre el territorio y el espacio aéreo.
Precedentes de acuerdos de cooperación internacional
República Dominicana ha participado en numerosos acuerdos de seguridad regional, muchos de los cuales han sido implementados sin necesidad de una aprobación legislativa formal. Entre ellos destacan los convenios de asistencia técnica, protocolos de revisión aérea y cooperación en inteligencia con distintos países.
Esto sugiere un patrón histórico donde la cooperación operativa, mientras no implique compromisos permanentes, se ejecuta mediante acuerdos ejecutivos.
No obstante, el debate actual podría generar un precedente institucional sobre los límites de la cooperación internacional en materia de seguridad.
Implicaciones para la soberanía dominicana
Control del Estado sobre aeropuertos y espacio aéreo
Uno de los puntos más sensibles del acuerdo es la soberanía. Tanto juristas como autoridades del Poder Ejecutivo han subrayado que la República Dominicana mantiene control absoluto sobre los aeropuertos y su espacio aéreo.
Los permisos otorgados no permiten operación autónoma de agentes extranjeros ni toma de decisiones sin supervisión local. Este detalle es fundamental para cumplir con los lineamientos constitucionales y evitar una percepción de cesión territorial.
El uso de áreas restringidas por parte de Estados Unidos es descrito como temporal y estrictamente limitado a objetivos operacionales específicos.
Alcances y límites de la cooperación militar
Aunque el acuerdo involucra aeronaves militares estadounidenses, no se trata de la instalación de una base militar ni de operaciones encabezadas por fuerzas extranjeras dentro de territorio dominicano.
Los límites del acuerdo establecen que cualquier operación debe ser coordinada con las autoridades dominicanas y que el país mantiene derecho a modificar, suspender o anular los permisos en caso de ser necesario.
Esto se ajusta a estándares internacionales sobre cooperación militar temporal.
Comparación con otros convenios similares en la región
Países como Panamá, Colombia y Costa Rica mantienen acuerdos de cooperación aérea y marítima con Estados Unidos para combatir el narcotráfico. Algunos de ellos incluyen instalaciones temporales, patrullaje conjunto y acceso a puertos y aeropuertos.
Comparativamente, el acuerdo dominicano es menos invasivo y más limitado en alcance operativo. No implica presencia militar continua, ni patrullaje conjunto directo, sino apoyo logístico y técnico.
Este tipo de cooperación ha demostrado ser clave para la región, especialmente en la interceptación de avionetas ilegales provenientes de Sudamérica.
Beneficios y riesgos de permitir el uso de aeropuertos
Ventajas operativas para la lucha contra el narcotráfico
La República Dominicana se encuentra en una posición estratégica que puede aprovechar para fortalecer su capacidad de vigilancia y respuesta ante actividades ilícitas. Permitir que Estados Unidos utilice zonas de los aeropuertos podría mejorar significativamente los tiempos de reacción.
Además, la presencia de aeronaves especializadas mejora la detección de vuelos irregulares. Estados Unidos cuenta con tecnología avanzada para identificación de aeronaves no registradas, lo que complementa las capacidades dominicanas.
También se amplía el intercambio de inteligencia, algo crucial en operaciones regionales que se desarrollan simultáneamente en el Caribe, Centroamérica y Sudamérica.
Posibles preocupaciones políticas y sociales
Aunque el acuerdo podría mejorar la seguridad nacional, existen sectores que ven con cautela la participación de Estados Unidos en instalaciones dominicanas. Argumentan que esto podría generar dependencia operativa o tensiones con otros países del hemisferio.
Además, una parte de la población teme que este tipo de colaboración pueda extenderse sin una adecuada supervisión legislativa, por lo que demandan mayor transparencia del Gobierno.
La opinión pública suele ser muy sensible a temas vinculados a soberanía y presencia extranjera en áreas estratégicas.
Evaluación del impacto en seguridad nacional
Expertos en seguridad señalan que cualquier medida que fortalezca la capacidad de interdicción del país es positiva, siempre que se mantengan los principios constitucionales.
El impacto podría traducirse en mayores incautaciones, reducción de vuelos ilícitos y fortalecimiento de las instituciones dominicanas vinculadas a seguridad y defensa.
No obstante, es indispensable una revisión constante del acuerdo para asegurar que se mantenga alineado con las prioridades nacionales.
Implicaciones para República Dominicana
Situación del narcotráfico en el Caribe

Rol estratégico de San Isidro y Las Américas
La Base Aérea de San Isidro es uno de los puntos militares más importantes del país, con capacidades de vigilancia aérea y logística avanzada. Su ubicación la convierte en un punto idóneo para operaciones de interdicción.
El Aeropuerto de Las Américas, por su parte, es uno de los principales centros de tránsito aéreo del Caribe, lo que lo vuelve estratégico para detectar movimientos irregulares.
Ambas localizaciones son claves para cualquier operativo de seguridad de alcance regional.
Reacciones de organizaciones civiles y analistas locales
Algunas organizaciones han pedido mayor transparencia y publicación de los términos completos del acuerdo. Consideran que la ciudadanía debe conocer las condiciones bajo las cuales se permite el acceso de fuerzas extranjeras a zonas sensibles del país.
Análisis técnicos resaltan que, mientras exista supervisión dominicana y límites operacionales definidos, la cooperación puede ser beneficiosa sin comprometer la soberanía.
En general, la opinión pública se encuentra dividida, pero con un respaldo mayoritario hacia medidas que fortalezcan la lucha contra el narcotráfico.
Estadísticas sobre incautaciones de drogas en RD y la región
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Opinión de juristas sobre acuerdos mediante notas diplomáticas
Expertos en derecho internacional señalan que los acuerdos mediante notas diplomáticas son completamente válidos y reconocidos en la costumbre internacional. Son utilizados para pactos operativos, técnicos o temporales.
Juristas aclaran que solo sería necesaria aprobación congresual si el acuerdo implica compromisos permanentes, afectación directa de la soberanía o delegación de autoridad a fuerzas extranjeras.
Esto ubica el caso dominicano dentro de un marco legal reconocido y constitucionalmente viable.
Evaluación técnica del carácter “provisional” del acuerdo
La provisionalidad del acuerdo es uno de los elementos más importantes. Según fuentes oficiales, su vigencia está limitada a necesidades operacionales específicas en el contexto de la lucha contra el narcotráfico.
Los acuerdos provisionales permiten flexibilidad y adaptación a cambios de estrategia, evitando compromisos de largo alcance que pudieran requerir aprobación congresual.
El carácter temporal también reduce preocupaciones sobre soberanía o presencia prolongada de fuerzas extranjeras.
Impacto del acuerdo y lo que sigue para el Congreso
El acuerdo que permite a Estados Unidos utilizar zonas restringidas en aeropuertos dominicanos se sitúa en un punto de encuentro entre la necesidad nacional de reforzar la seguridad y la obligación constitucional de velar por la soberanía.
La lucha contra el narcotráfico exige herramientas modernas, cooperación internacional y rapidez operacional. Sin embargo, también requiere transparencia institucional y claridad legal. La discusión en el Congreso, si se produce, permitirá fortalecer la legitimidad del proceso.
La República Dominicana tiene ante sí una oportunidad para consolidar su posición como líder regional en materia de seguridad, siempre que las decisiones se tomen con responsabilidad, transparencia y compromiso con la Constitución. El llamado ahora es a la ciudadanía y a los legisladores: mantenerse informados, exigir claridad y participar del debate nacional.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Debe el Congreso aprobar el uso de aeropuertos por Estados Unidos?
Solo si el acuerdo afecta la soberanía o implica compromisos permanentes. Si es logístico, temporal y sin delegar autoridad, puede manejarse mediante notas diplomáticas.
¿Afecta la soberanía la presencia de EE.UU. en aeropuertos dominicanos?
Según juristas, no. La soberanía permanece bajo control dominicano y los permisos se limitan a operaciones técnicas supervisadas por el Estado.
¿Cuál es el objetivo del acuerdo RD-EE.UU.?
Fortalecer la lucha contra el narcotráfico mediante apoyo logístico, repostaje, mantenimiento y operaciones aéreas de vigilancia.
¿Qué dice la Constitución sobre acuerdos bilaterales?
Establece que deben ser sometidos al Congreso los acuerdos que comprometan la soberanía o establezcan obligaciones permanentes. Los acuerdos operativos temporales pueden manejarse por vía ejecutiva.


