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Ministerio Público deposita apelación ante medidas favorables de coerción a Antonio y Maribel Espaillat por tragedia Jet Set

SANTO DOMINGO.-El Ministerio Público presentó hoy viernes un recurso de apelación contra las medidas de coerción impuestas a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat.

Ambos están imputados de homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias, tras el trágico desplome del techo de la discoteca Jet Set Club, el pasado 8 de abril.

Este incidente causó la muerte de 236 personas y dejó más de 180 heridos.

Desplome en discoteca Jet Set: tragedia en Santo Domingo

En horas de la tarde de este viernes el fiscal Emmanuel Ramirez, representante del Ministerio Público depositó el recurso de apelación ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, el tribunal que previamente había favorecido a los imputados con medidas como garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida del país.

Una vez que el tribunal reciba el recurso, lo remitirá a la presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, presidida por Julio César Cano Alfau. Este, a su vez, mediante un sorteo aleatorio computarizado, asignará el caso a una de las tres salas penales para que conozca y decida sobre el pedido solicitado por la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.

Camacho: libertad Espaillat es burla a las víctimas – Calle56

Wilson Camacho, director de Persecución del Ministerio Público, alega que el tribunal no valoró correctamente la magnitud del daño que los hechos han causado a la sociedad dominicana. Subraya el impacto significativo para las 236 personas que murieron, las más de 180 personas que resultaron heridas y los más de 130 niños que quedaron huérfanos como consecuencia de esta conducta.

Además, sostiene que, como consecuencia del comportamiento de Antonio y Maribel Espaillat, estos priorizaron su interés económico por encima de la seguridad de las personas que se encontraban y acudían regularmente a esa discoteca.

Ayer, el abogado de 30 querellantes, Félix Portes Núñez, depositó la instancia impugnando la decisión que dispuso la libertad de los hermanos Espaillat, propietarios del club nocturno.

En la instancia se pide a la Sala Penal de la Corte de Apelación que sea apoderada del recurso, revocar las medidas de coerción dictadas a los hermanos Espaillat y ordenar la prisión preventiva en su contra.

Portes Núñez cuestionó la afirmación de la jueza de que no puede asumir como cierta una conducta punible atribuida a los encartados. Señaló que esta afirmación desconoce la naturaleza del dolo eventual.

Abogado Félix Portes Núñez depositando la instancia. Impugnando la decisión que dispuso la libertad de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat

El doctor Félix Portes Núñez recurrió en apelación la decisión de la jueza Fátima Veloz, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, quien favoreció a los imputados con una garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida del país.

A los hermanos se les acusa de cometer homicidio involuntario, golpes y heridas involuntarias en perjuicio de las 236 personas muertas y las más de 180 heridas por el desplome del techo de la discoteca Jet Set Club, el pasado 8 de abril.

Argumentos de la Apelación

En el recurso de apelación, Portes Núñez alega una evidente falta, contradicción e ilogicidad manifiesta en la motivación de la resolución de la jueza.

Cuestiona la afirmación de la jueza de que no puede asumir como cierta una conducta punible atribuida a los encartados, señalando que esta afirmación desconoce la naturaleza del dolo eventual, al exigir un dolo directo como condición excluyente para la responsabilidad penal.

Igualmente, Portes Núñez cuestiona que dicha conclusión ignora por completo la existencia del tipo penal de homicidio voluntario con dolo eventual, figura jurídica en la cual no se requiere una intención directa de causar la muerte, sino que basta con que el agente conozca el riesgo de su conducta y, aun así, prosiga con la acción aceptando como posible el resultado lesivo.

Sostiene que la valoración de la jueza revela una interpretación restrictiva del dolo, alejada tanto de la dogmática penal contemporánea como de la valoración racional de los hechos probados.

El abogado recurrente sostiene que la jueza no valoró adecuadamente declaraciones clave de testigos como Gregorio Adames, quien advirtió del riesgo. Señala que esta omisión de valoración, sin justificación razonada ni análisis comparativo de credibilidad, puede constituir una omisión sustancial que genera indefensión, al dejar sin respuesta una prueba clave.

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