Abogado explicó qué seguirá tras el fallo de la jueza Sandra Heredia, que encontró culpable al expresidente colombiano Uribe

BOGOTA.-La decisión de la jueza penal 44 de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, que encontró culpable de dos delitos al expresidente Álvaro Uribe, en relación con los punibles de fraude procesal y soborno en actuación penal, mientras lo absolvió de un tercer cargo, soborno simple, causó fuertes repercusiones en el espectro político nacional. Y todo porque se trata del primer ex jefe de Estado en pasar por el banquillo de los acusados y ser hallado culpable.

En efecto, la decisión de Heredia, en primera instancia, significó una sentencia que marcó un hito en la historia judicial de Colombia. Tras casi 11 horas, la togada recapituló un proceso que se extendió por casi 13 años, cuando el entonces mandatario denunció al actual senador Iván Cepeda y, en un efecto bumerán, la Sala de Instrucción de la Corte Suprema encontró méritos para investigarlo. Al haber renunciado a su fuero, su caso pasó a la justicia ordinaria.

Álvaro Uribe Vélez cuenta enÁlvaro Uribe Vélez cuenta en su equipo de defensa con dos de los abogados más prestigiosos del país: Jaime Lombana y Jaime Granados – crédito Lina Gasca/Colprensa

En su exposición, la jueza Heredia presentó más de 1.000 páginas de soporte para su decisión, en las que describió cómo Uribe Vélez habría intentado influir en los testimonios de los exparamilitares Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez. Para ello, el expresidente habría contado con la intervención de su abogado, Diego Cadena; del presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Álvaro Hernán Prada, y de otros personajes, como Enrique Pardo Hasche.

Al respecto, Infobae Colombia consultó al abogado Rogelio Roldán Álvarez, que entregó un completo panorama de los escenarios que se vienen en este caso. Aunque de antemano se ha sabido, por intermedio de la defensa, que se tomarán una serie de acciones para que el caso cumpla todas las instancias procesales; en pro de que se demuestre la inocencia de su cliente, que a su vez es líder del partido de oposición al Gobierno del presidente Gustavo Petro.

Ella es Sandra Heredia, juezaElla es Sandra Heredia, jueza 44 penal de conocimiento de Bogotá, que declaró culpable a Álvaro Uribe de dos delitos – crédito Captura de Pantalla
¿Qué recursos le quedan a Álvaro Uribe Vélez para revertir el fallo en su contra?

A su vez, Roldán Álvarez enfatizó que, a pesar del fallo condenatorio, la presunción de inocencia sigue vigente para el expresidente. “Es que aún se presume inocente porque ese fallo condenatorio todavía no ha sido ejecutoriado. No ha encontrado esa firmeza necesaria para que se diga que ha sido vencido en juicio. Y esa presunción de inocencia debe extenderse aún hasta la enunciación y lectura del fallo de segunda instancia”, sostuvo el jurista a esta redacción.

En consecuencia, esta garantía, explicó, se mantiene hasta que se agoten todos los recursos ordinarios y extraordinarios, incluyendo el de la segunda instancia, que tendrá curso ante el Tribunal Superior de Bogotá, y el de casación, ante la Corte Suprema de Justicia. Que, dado la naturaleza del caso, se tramitaría; en el entendido que no todos los procesos judiciales son escogidos para ser tramitados bajo este proceso de índole especial.

En detalle, los abogados del exmandatario acudirán con el recurso de apelación ante el mencionado tribunal de la capital de la República, que revisará la legalidad y acierto de la sentencia de primera instancia. “La defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez tiene el deber de atacar todos y cada uno de los puntos que resulten contradictorios, que resulten en un yerro en la valoración probatoria”, explicó en ese sentido Roldán Álvarez, que prosiguió en su argumentación.

El tribunal colegiado podrá confirmar, modificar o revocar la sentencia, y su decisión también podrá ser objeto de recurso extraordinario de casación. El proceso penal que enfrenta el exmandatario se encuentra, por tanto, en una etapa crucial, según argumentó el abogado, pues la defensa también se puede optar por solicitar beneficios subrogados o sustitutos de la pena, como la prisión domiciliaria, en función de la edad de Uribe o la naturaleza de los delitos.

Iván Cepeda, senador declarado comoIván Cepeda, senador declarado como víctima en este caso, no ocultó su felicidad tras la decisión de la jueza Heredia – crédito Luisa González/REUTERS
¿Podrá prescribir el proceso contra el expresidente tras fallo en primera instancia? Abogado responde

El abogado Roldán Álvarez también abordó la cuestión de la prescripción de la acción penal: un aspecto que ha generado confusión en la opinión pública. “Erradamente por la opinión pública se ha tenido que los términos de prescripción terminan al momento el cumplimiento de la sentencia de primera instancia. Pero la realidad procesal y legal que cobija nuestra sistemática se puede estar desde el artículo 189 de nuestro Código Procesal Penal”, precisó.

Es válido aclarar que en el referido artículo de la Ley 906 de 2004, indica que el periodo de prescripción de la acción penal se interrumpe cuando se dicta la sentencia en segunda instancia, solo si esta se emite en el plazo establecido. Desde ese momento, el cómputo del término de prescripción queda suspendido y solo se reanuda con un nuevo plazo máximo de cinco años, en relación con una eventual revisión de la Corte Suprema.

Esto significa que, si la segunda instancia no se resuelve dentro del plazo establecido, es decir, antes del 8 de octubre, la acción penal prescribiría y no habría lugar a la condena, no por absolución, sino por prescripción. La figura de Álvaro Uribe Vélez, que gobernó Colombia entre 2002 y 2010, ha polarizado a la sociedad colombiana y ha generado, sin duda, intensas discusiones sobre la independencia judicial y el alcance de la justicia en mediáticos casos.

El abogado Roldán Álvarez reiteró la importancia de agotar todas las instancias judiciales antes de que la sentencia adquiera firmeza. “Es entonces, pues, que aún se puede afirmar que se mantiene incólume la presunción de inocencia, porque el fallo de primera instancia aún es susceptible de recursos ordinarios y el de segunda instancia es susceptible de recurso extraordinario de casación”, afirmó el abogado en su declaración a esta redacción.

Es válido precisar que la Fiscalía General de la Nación también tiene la facultad de apelar el fallo en caso de que la sentencia de segunda instancia sea absolutoria. En ese escenario, el ente acusador podría alegar indebida valoración probatoria, errores en la apreciación de la prueba u otros aspectos que considere relevantes para la revisión del caso. Será en consecuencia el Tribunal Superior, el encargado de resolver el recurso de apelación presentado.

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